REGLAMENTO DE CONTROL DE RAQUETAS
DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TENIS DE MESAREGLAMENTO
PARA CONTROL
DE RAQUETAS DE
LA R.F.E.T.M.REGLAMENTO DE CONTROL DE RAQUETAS
DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TENIS DE MESA
1. Motivos
Con la finalidad de hacer cumplir los artículos 2.4. del capítulo 2, y los artículos
3.2.1. y 3.5.3. del capítulo 3 del Reglamento Técnico de Juego, así como la Hoja
Técnica T4 de la Federación Internacional de Tenis de Mesa, se realizarán Controles
de Raquetas en aquellas competiciones que decida la Junta Directiva de la Real
Federación Española de Tenis de Mesa.
2. Requisitos organizativos
El Comité Organizador de aquellos torneos donde se haya decidido realizar
controles de raquetas, tendrá que prever con antelación que el local donde vaya a
desarrollarse el evento disponga de una Sala de Preparación de Raquetas y una
Sala para el Control de Raquetas.
2.1. La Sala de Preparación de Raquetas debe
2.1.1. estar adecuadamente ventilada
2.1.2. estar separada del área de juego, preferiblemente cerca del área de
entrenamiento
2.1.3. no estar nunca ubicada en pasillos o habitaciones estrechas
2.1.4. impedir la concentración de los gases de los disolventes
2.1.5. tener el acceso restringido
2.1.6. tener unas dimensiones acorde al número de participantes
2.1.7. estar equipada con suficientes sillas y mesas.
2.2. La Sala de Control de Raquetas debe
2.2.1. situarse dentro del local de juego, preferiblemente cerca del área de juego
2.2.2. tener unos 20 m2
2.2.3. estar bien iluminada en su conjunto
2.2.4. estar bien ventilada, aunque sin corrientes de aire, con una temperatura
controlada entre 18ºC y 25ºC
2.2.5. estar equipada con una mesa de al menos 120 x 80 cm.
2.2.6. estar equipada con una lámpara de mesa de al menos 60W de potencia y un
punto de luz de 220V
2.2.7. estar equipada con un armario con cerradura y papelera
2.2.8. tener una puerta de acceso con cerradura
2.3. El Comité Organizador entregará a todos los participantes antes del comienzo
del torneo, un croquis con la localización de las salas de preparación de
raquetas y de control de raquetas.
2.4. El Comité Organizador pondrá a disposición del responsable del control de
raquetas una fotocopiadora para poder realizar su trabajo.
2.5. El Comité Organizador pondrá a disposición del responsable del control de
raquetas los medios necesarios para proporcionarle toda la información
referente a horarios, distribución por mesas, cambios, lista final de
participantes con sus dorsales y federaciones correspondientes, resultados y,
en su caso, retransmisiones de TV.
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DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TENIS DE MESA
3. Procedimiento del Control de Raquetas
3.1. El responsable del control de raquetas realizará un sorteo diario para decidir
los horarios y mesas correspondientes a los encuentros o partidos a ser
controlados el día siguiente. Los relacionará e informará al juez árbitro
mediante un documento que será marcado como confidencial.
3.2. Los controles serán llevados a cabo inmediatamente después de finalizar los
partidos, sin realizar previo aviso a los jugadores, salvo en las rondas de
cuartos de final en adelante, donde el responsable de los controles de
raquetas avisará a los jugadores con una hora de antelación al comienzo
teórico del partido, con el fin de que los jugadores tengan la opción de decidir
si realizar el control antes o después del partido.
3.3. Si algún jugador decide realizar el control antes del comienzo del partido,
deberá llevar la raqueta a la sala de control de raquetas 20 minutos antes del
comienzo teórico del partido, la cual será marcada y entregada al árbitro del
partido antes del comienzo del mismo, no pudiendo el jugador volver a pegar
las gomas después del control.
3.4. Los árbitros deben asegurar que los jugadores cuyo partido va a ser
controlado no cambien sus raquetas durante el transcurso del partido, salvo
en el caso de rotura accidental de una raqueta, en cuyo caso, solicitará al
jugador la raqueta deteriorada, la cual entregará al responsable de los
controles junto con la raqueta con la que haya terminado el jugador el partido,
así como la de su rival.
3.5. Sólo puede estar presente durante el control el jugador, su entrenador o su
delegado.
3.6. Los resultados de los controles serán estrictamente confidenciales. En caso
de detectarse alguna anomalía, el responsable de los controles realizará un
informe de irregularidades y le entregará una copia al juez árbitro y otra al
representante de la federación a la cual pertenezca el jugador al que se le
detecte la irregularidad.
4. Características a controlar
En todos los controles de raquetas se revisarán las siguientes características de
las mismas:
4.1. Espesor del conjunto formado por la goma, la esponja y el adhesivo, que no
debe superar los 4 mm. (art. 2.4.3. del Reglamento Técnico de Juego).
4.2. Espesor de la goma, que no debe superar los 2 mm. (art. 2.4.3.2. del R.T.J.).
4.3. Planitud de las caras exteriores de las gomas (art. 2.4.5. del R.T.J.).
4.4. Brillo de las gomas (art. 2.4.6. del R.T.J.).
4.5. Altura, diámetro y geometría de los picos en las gomas de picos exteriores.
4.6. Concentración de tricloroetileno. Debe ser inferior a 3 ppm (art. 3.5.3.1. del
R.T.J.).
4.7. Concentración de tolueno. Debe ser inferior a 50 ppm (art. 3.5.3.1. del R.T.J.).
4.8. Concentración de xileno. Debe ser inferior a 50 ppm (art. 3.5.3.1. del R.T.J.).
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5. Clasificación de las irregularidades
Las medidas disciplinarias a tomar dependerán del grado de las irregularidades
que se detecten en la raqueta, así como la reincidencia en las mismas.
De esta forma, las irregularidades se clasificarán en irregularidades graves y
leves.
5.1. Se considerarán irregularidades graves las siguientes:
5.1.1. detección de concentraciones de tricloroetileno superiores a las permitidas.
5.1.2. detección de concentraciones de tolueno superiores a las permitidas.
5.1.3. detección de concentraciones de xileno superiores a las permitidas.
5.2. Se considerarán irregularidades leves el resto.
6. Clasificación de las infracciones
Las infracciones se clasificarán en infracciones muy graves, graves y leves.
6.1. Se considerarán infracciones muy graves las siguientes:
6.1.1. negarse a realizar un control de raquetas para el que haya sido solicitado.
6.1.2. tener dos irregularidades graves durante el transcurso de un torneo.
6.2. Se considerarán infracciones graves las siguientes:
6.2.1. detectar una irregularidad grave en un control de raquetas.
6.2.2. detectar dos veces la misma irregularidad leve durante el transcurso de un
torneo.
6.3. Se considerarán infracciones leves las siguientes:
6.3.1. detectar una irregularidad leve en un control de raquetas.
7. Régimen disciplinario
7.1. Será descalificado del torneo correspondiente el jugador que cometa una
infracción muy grave, siendo el Jurado Oficial del torneo quien decida en
estos casos.
7.2. Perderá el partido correspondiente el jugador que cometa una infracción
grave, siendo el juez árbitro del torneo quien decida en estos casos.
7.3. Tendrá que subsanar el jugador que cometa una infracción leve la
irregularidad detectada antes del comienzo del partido en el caso de que el
control se realice antes del comienzo del mismo, o bien antes de su próximo
partido en el caso de que el control se realice después del mismo. Si la
irregularidad no pudiera ser subsanada, el jugador tendrá que utilizar otra
raqueta, la cual tendrá que ser también controlada, siendo el juez árbitro del
torneo quien decida en estos casos.
